LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA CONCEDE UNA SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO PARA EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN SKATEPARK MODULAR

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LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA CONCEDE UNA SUBVENCIÓN AL AYUNTAMIENTO PARA EL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN SKATEPARK MODULAR

24/10/2019

Para la zona deportiva municipal de la calle Capuletti

Por resolución 1.300/2019, de 1 de abril, se aprobaron las Bases de la Convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva del Área de Concertación dirigida a entes locales para la realización de actividades dentro de su ámbito competencial por un importe total de 1.200.000,00 € y una previsión de desglose entre aplicaciones de los Presupuesto 2019 y 2020 indicadas en la base sexta.

Dicha convocatoria se incluye en la línea cuarta del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Concertación 2018-2019, aprobado por la resolución 6.445/2017. Las bases se publicaron en el tablón de anuncios electrónico de la Diputación de Sevilla el 1 de abril y la convocatoria en el B.O.P. nº 78 de 4 de abril de 2019.

Teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias de la convocatoria que asciende a 1.200.000,00 € la Comisión de Valoración propone de forma provisional, en base a los criterios de valoración indicados en la base novena, conceder a todos los solicitantes no desestimados el 97% del importe de subvención solicitado para lo cual se incrementa el importe total de la subvención hasta 1.224.705,15 €.

De acuerdo con la base decimosexta, se comunica a los Ayuntamientos los importes cuya concesión se propone provisionalmente dándoles un plazo de 10 días para aceptar la subvención y reformular su solicitud puesto que el importe inicialmente propuesto era inferior al solicitado.

Una vez conocidas las aceptaciones de los Ayuntamientos y las reformulaciones, en su caso, la Comisión de Valoración propone a la Junta de Gobierno en sesión de 10 de septiembre de 2019 relación definitiva de subvenciones a conceder así como las desestimaciones. Como paso previo a la resolución definitiva de concesión resultando necesario adaptar el desglose de las aplicaciones presupuestarias previstas en la base sexta de la convocatoria a la codificación
funcional de las actividades a subvencionar se realizan las modificaciones presupuestarias pertinentes.

Asimismo, dado el retraso habido en la tramitación y publicación de la convocatoria respecto a años anteriores y habiendo manifestado varios municipios beneficiarios su preocupación por el escaso margen para contratar y ejecutar las actividades subvencionadas resulta conveniente ampliar el plazo de ejecución de la actuaciones hasta el 29 de febrero de 2020 y justificación correspondiente hasta el 30 de abril de ese mismo año, modificando así las bases tercera y vigésimo quinta aprobadas por resolución 1.300/2019.

Para consultar la resolución, clic en este enlace