EL PLENO ACUERDA LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA DE BASURA Y DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS

EL PLENO ACUERDA LA APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA ORDENANZA DE BASURA Y DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS

15/10/2020

El pleno del Ayuntamiento de Mairena del Alcor, en la sesión del pasado martes 13 de octubre, ha acordado la aprobación provisional de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto de vehículos de tracción mecánica y de la  tasa por la recogida, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos.

La modificación de la Ordenanza fiscal del impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) supone la supresión de cargas administrativas innecesarias o accesorias y la racionalización , en su aplicación, de la gestión de los recursos, dado que la bonificación aplicable a la los vehículos con etiqueta ECO y 0 emisiones se prolongará durante toda la vida útil del vehículo, sin necesidad de renovar la bonificación todos los años ahora.

La modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por recogida, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos, se justifica por las necesidades que han quedado de manifiesto en el transcurso de los 6 años ya pasados desde su última modificación, siendo necesaria la incorporación de nuevas tarifas y la revisión de las mismas de acuerdo con los costes del servicio.

Han sido introducidas las siguientes modificaciones:

a) Actualización conforme al coste actual de la reposición de contenedor de uso particular. Estableciendo un importe por contenedor de 127,05 euros.

b) Tarifa del servicio recogida de RSU durante la celebración de la Feria de abril, para ello se han tomado en consideración dos parámetros, el coste del servicio y la superficie total del recinto Ferial en que se produce la generación de los residuos, ocupados por casetas, atracciones y otros puestos, durante la celebración de la Feria de Abril repercutiéndose el coste por número de metros cuadrados.

c) La tarifa de local cerrado/garajes y cocheras es una tarifa de nueva creación que trata de cubrir la disminución de la capacidad económica del titular de una actividad económica, aplicándose así la de 96,30 € coincidente con la tarifa de menor importe.